Propone CCIJ estímulos de apoyo a las empresas

Ante la propagación del Covid-19, las próximas semanas serán cruciales para controlar el virus, por lo cual se ha implementado el programa de Distanciamiento Social, lo que implica

La suspensión de trabajos presenciales en el sector privado y público, y recientemente el cierre de establecimientos de entretenimiento, ante la propagación del Covid-19, traerá consigo una contracción a la economía del país, motivo por el cual el Consejo de Cámaras Industriales de Jalisco propone diversas medidas (que se suman a varias de las propuestas hechas por algunos organismos empresariales y algunas también implementadas en varios países) que sigan permitiendo el desarrollo, crecimiento e inversión de todos los sectores.

A nivel Nacional

Medidas Fiscales:

• Suspensión temporal de la presentación de pagos provisionales de Impuesto Sobre la Renta (propio y retenido por sueldos) durante todo el ejercicio 2020.
• Prórroga para la presentación de la declaración anual del Impuesto Sobre la Renta del ejercicio 2019, de personas morales al 31 de mayo del 2020 y de personas físicas al 30 de junio del 2020.
• Prórroga para el pago del Impuesto al Valor Agregado de al menos los meses de marzo, abril y mayo del 2020, para que sean pagados cuando menos en el mes de julio del 2020.
• Agilizar el proceso de las devoluciones de Impuesto al Valor Agregado para que éstas sean resueltas favorablemente en un plazo máximo de 15 días hábiles.
• Decreto de estímulos fiscales que permita la deducción inmediata de activos fijos durante el ejercicio 2020.
• Diferir el pago de al menos el 25% del Impuesto Sobre la Renta de personas morales causado en el ejercicio 2019, para pagarse hasta que éstas distribuyan las utilidades a sus accionistas o dentro de los 2 años siguientes a que debió haberse pagado, lo que suceda primero, siempre y cuando dichas utilidades se reinviertan en la operación de las personas morales, se utilicen para mantener las fuentes de empleo o para liquidar pasivos derivados de su operación.
• Considerar el pago diferido de cargas sociales. Ambas medidas se deben visualizar para aquellas empresas que mantengan su nómina, de tal forma que se proteja el empleo.

Medidas financieras:

• Incidir para para que en el Banco de México y la Comisión Nacional Bancaria y de Valores creen las normativas que sean necesarias a efecto de: ampliar los plazos de pago de préstamos concedidos a las micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, así como ampliar los plazos para el pago de hipotecas.
• Mejorar y acelerar los apoyos para abaratar los créditos.
• Decreto de estímulos fiscales en materia de comercio exterior.
• Que el Banco de México refuerce las acciones para contener la depreciación del peso frente al dólar

Medidas administrativas y Judiciales:

• El Poder Ejecutivo debe suspender los plazos legales para el cumplimiento de las obligaciones por parte de las empresas, sin que se afecte a éstas con la imposición de sanciones como multas o recargos.
• Al Poder Judicial y órganos de control del Estado, se les recomienda suspender sus labores, en vista que en estas instituciones se aglomeran cantidades significativas de ciudadanos, en tal caso los plazos legales establecidos deben de ampliarse y considerar los días de suspensión como días inhábiles para los efectos legales correspondientes.
• Compras públicas, preferentemente a empresas mexicanas.

A nivel estatal

Medidas Fiscales:

• Prórroga para el pago del Impuesto Sobre Nómina de al menos los meses de marzo, abril y mayo del 2020, para que sean pagados cuando menos en el mes de julio del 2020.
• Solicitar el apoyo a los municipios para ampliar los plazos de pagos de predial y licencias, sin que se afecte con la imposición de sanciones como multas o recargos.

Medidas financieras:

• Mejorar y acelerar los apoyos para abaratar los créditos a través de Fondo Jalisco de Fomento Empresarial.
• Incidir para que se creen las normativas que sean necesarias a efecto de: ampliar los plazos de pago de préstamos concedidos a la micro, pequeñas, medianas y grandes empresas, así como ampliar los plazos para el pago de hipotecas.

Medidas administrativas y Judiciales:

• El Poder Ejecutivo debe suspender los plazos legales para la del cumplimiento de las obligaciones por parte de las empresas, sin que se afecte a estas con la imposición de sanciones como multas o recargos.
• Al Poder Judicial y órganos de control del Estado, se les recomienda suspender sus labores, en vista que en estas instituciones se aglomeran cantidades significativas de ciudadanos, en tal caso los plazos legales establecidos deben de ampliarse y considerar los días de suspensión como días inhábiles para los efectos legales correspondientes.
• Suspender la restricción de horario del transporte de carga y prohibición de doble remolque en AMG, para evitar el desabasto del AMG.
• Agilizar las compras públicas, preferentemente a empresas domiciliadas en Jalisco.

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